Penal
Explican configuración del dolo en condena a juez que concedió pensiones gracia irregularmente
14 de Julio de 2014
En el delito de prevaricato por acción, el dolo no depende de que se produzca algún rédito para el imputado, sino de la evidencia de que obró como lo hizo, a pesar de que se trataba de una actuación manifiestamente ilegal, explicó la Corte Suprema de Justicia.
Con este argumento, la Sala Penal ratificó la condena impuesta a un juez laboral que otorgó pensiones gracia a exprofesores afiliados al magisterio, aunque no reunían las condiciones para acceder a ese derecho y se trataba de un asunto que escapaba a su competencia.
La corporación resaltó que la procedencia de ese beneficio depende, entre otros aspectos, de que el reclamante no haya recibido ni esté recibiendo otra pensión o recompensa de origen nacional. En el caso analizado, los beneficiados no cumplían ese requisito, consagrado en la Ley 45 de 1913, lo que demuestra la configuración del dolo.
“… La providencia tildada de prevaricadora omitió valorar el requisito contenido en el numeral 3º del artículo 4º de la citada Ley, desentendiéndose de ese apartado en forma ostensible para concluir, que los demandantes tenían derecho a la pensión gracia, cuando lo cierto era que del solo análisis de esa exigencia (…) se habría desestimado que los accionantes tuvieran derecho a esa prerrogativa”, precisó.
De otro lado, la Sala concluyó que este asunto no era de competencia de un juez laboral, pues, al tratarse de un grupo de personas que hacen parte del régimen excepcional de prestaciones sociales del magisterio, le correspondía dirimirlo a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
“Lo cierto es que tanto la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, como el Consejo Superior de la Judicatura e inclusive, la Corte Constitucional, habían fijado una sólida posición relativa a que las controversias suscitadas en los regímenes de excepción no fueron asignados a la justicia ordinaria laboral como se explicó en precedencia”, subrayó.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-7764 (39901), jun. 25/14, M. P. Patricia Salazar)
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