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Penal


Dolo en prevaricato de juez se demuestra con la ilegalidad de la providencia

En este caso, no interesa que el fin sea irrelevante o noble, sino que se tenga conciencia de que el pronunciamiento se aparta ostensiblemente del Derecho.
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19 de Septiembre de 2011

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El actuar doloso en el prevaricato de un funcionario judicial queda demostrado con la manifiesta ilegalidad de la providencia proferida, señaló la Corte Suprema de Justicia.

 

La Sala Penal aclaró que, en estos casos, no es necesario demostrar la finalidad, que si bien puede ser relevante para determinar la culpabilidad, no conduce a exonerar de responsabilidad penal.

 

En esa medida, no interesa que el fin sea irrelevante o noble, sino que se tenga conciencia de que el pronunciamiento se aparta ostensiblemente del Derecho.

 

Con estos argumentos, la Sala confirmó la condena que le impuso el Tribunal Superior de Barranquilla a una exjuez laboral que participó en el desfalco a la extinta empresa Puertos de Colombia (Foncolpuertos).

 

La funcionaria había ordenado el pago de una indemnización por despido injusto, mediante el libramiento de mandamiento ejecutivo, antes de que transcurrieran los 18 meses que establece la ley como plazo perentorio.

 

Esta circunstancia fue valorada por el alto tribunal como una manifiesta intención de favorecer al demandante en el proceso laboral.

 

(CSJ, S. Penal, Sent. 35415, jul. 6/11, M. P. Sigifredo Espinosa Pérez)

 

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