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Actualizado hace 18 minutes | ISSN: 2805-6396

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Daño por privación injusta de la libertad es mayor en procesos altamente mediatizados

21 de Febrero de 2014

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El Consejo de Estado condenó a la Nación por la privación injusta de la libertad, durante casi 10 años, de Pablo Enrique Zamora, uno de los imputados por el homicidio del director de El Espectador Guillermo Cano.

 

Zamora fue condenado en 1995 a 16 años de prisión, por su supuesta participación en el crimen, perpetrado por orden de Pablo Escobar, el 17 de diciembre de 1986.

 

El alto tribunal resaltó que en los procesos altamente mediatizados, este tipo de daño tiene dimensiones superiores a las ordinarias, debido al grado de la difamación, que resulta siendo ampliamente difundida.

 

A su juicio, este caso debe ser tomado en cuenta como emblemático, por las consecuencias negativas extremas que pueden generar las privaciones injustas de la libertad. La reparación, agregó, debe llevar a que “se aborden temas relativos a la corrección de los esquemas de aplicación de la justicia penal”.

 

Como medida de no repetición, la sentencia le ordena a la Rama Judicial iniciar un proceso de formación de sus funcionarios, que fortalezca el respeto a la dignidad humana, la presunción de inocencia y la excepcionalidad de las medidas restrictivas de la libertad.

 

De acuerdo con la sentencia, en el orden constitucional vigente nadie puede estar obligado a sacrificar su libertad en beneficio del bien común. Por lo tanto, siempre que alguien resulte condenado o privado de su libertad, a pesar de ser inocente, surge un deber de reparación en cabeza del Estado.

 

Además, a este le asiste el deber inexcusable de adoptar todas las medidas posibles para garantizar que quienes son sometidos a investigación o juicio penal reciban un trato adecuado a su dignidad, agregó.

 

De otro lado, sostuvo que la antijuridicidad de la detención de un inocente aumenta cuando la víctima tiene a su cargo el cuidado de niños o adolescentes.

 

Finalmente, señaló que según cifras de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en la actualidad cursan 266.000 demandas contra la Nación por privación injusta de la libertad.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 25000232600020000071801 (27252), dic. 12/13, C. P. Stella)

 

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