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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 minuto | ISSN: 2805-6396

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Requisitos para optar por el incentivo tributario para empresas de economía naranja

28 de Diciembre de 2021

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Nota:
137249

El Decreto 1843 del 2021 reglamentó la Ley 2155 del 2021, y modifica el Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria, en lo relativo a los requisitos para optar por el incentivo tributario para empresas de economía naranja.

 

A partir del 1º de enero del 2022, las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario que soliciten la calificación de los proyectos de inversión en economía naranja deberán estar constituidas e iniciar el desarrollo de las actividades descritas en el artículo 1.2.1.22.48. del Decreto 1625, antes del 30 de junio del 2022.

 

Los contribuyentes deberán presentar una solicitud de calificación del proyecto de inversión al Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, que contenga:

 

  1. Razón social y Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente que solicita la calificación del proyecto como actividad de economía naranja.
     
  2. El solicitante autoriza al Ministerio de Cultura a consultar el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio respectiva, en la base de datos del Registro Único Empresarial (RUES) que administra Confecámaras.
     
  3. Diligenciar en la plataforma dispuesta por el Ministerio de Cultura la información relativa a la justificación de la viabilidad financiera del proyecto; la descripción de la conveniencia económica, escalamiento o creación empresarial y el compromiso de la contratación directa de empleados.
     
  4. La actividad económica que lo califique como un proyecto de economía naranja.
     
  5. Copia simple del Registro Único Tributario (RUT).
     
  6. Certificación emitida por el contador público o revisor fiscal de la sociedad en la que se indiquen los ingresos brutos de la vigencia fiscal anterior a la fecha de presentación de la solicitud o del tiempo transcurrido hasta el mes inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud de calificación del proyecto en caso de haberse constituido en ese mismo año.

Copia de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de la vigencia fiscal anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

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