Uso de obra musical como parte de un audiovisual requiere autorización del autor o titular de derechos patrimoniales (8:10 a.m.)
26 de Agosto de 2016
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Nota:
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El uso de una obra musical como parte de una obra audiovisual, es decir, video, documental, largometraje o cortometraje, es un acto de reproducción, por lo que requiere la autorización de su autor o titular de los derechos patrimoniales de manera previa y expresa (no tácita) para el efecto. Esta autorización puede ser gestionada de manera individual o a través de una sociedad de gestión colectiva, si el autor o titular de derechos patrimoniales está asociado, indicó la Dirección Nacional de Derecho de Autor. Las autorizaciones de uso, comúnmente conocidas como licencias, pueden ser concedidas por el autor o titular de los derechos en ejercicio de la autonomía de la voluntad, bajo las condiciones de tiempo, modo y lugar establecidas, a un licenciatario o usuario, bien sea a título gratuito u oneroso, pactando un valor económico o regalías a favor del autor o compositor de la obra.
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