Un solo socio con calidad de usufructuario y apoderado del nudo propietario configura pluralidad jurídica (3:43 p.m.)
13 de Abril de 2015
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Nota:
101211
La asistencia a una sesión del máximo órgano social de un solo asociado que, a la vez, tiene la calidad de usufructuario de otras acciones y, además, actúa como apoderado del nudo propietario de tales acciones se configura en pluralidad jurídica, ya que como asociado está representando sus propias acciones y, adicionalmente, como apoderado está representando las acciones de otro accionista, cuya posición jurídica ocupa, independientemente de que sea usufructuario de algunas acciones de este último, precisó la Superintendencia de Sociedades. A la reunión concurre una sola persona física en quien se concentran varias voluntades, pero jurídicamente estarán representados dos accionistas distintos.
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