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Actualizado hace 56 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Tutela procede para dirimir conflictos en contratos de medicina prepagada, si está de por medio la garantía de derechos fundamentales de los afiliados (12:55 p.m.)

17 de Mayo de 2011

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Nota:
73378
Los contratos de medicina prepagada son de carácter privado y, por tanto, se rigen por normas de derecho privado, por lo que las controversias que se deriven de estos deben ser dirimidas por la jurisdicción ordinaria. Sin embargo, la tutela se torna procedente en los eventos en que se encuentren comprometidos derechos fundamentales de los beneficiarios y los medios naturales de solución no sean eficaces para brindar una inmediata protección. Así lo reiteró la Corte Constitucional al amparar los derechos a la vida y a la salud de un afiliado a una entidad de medicina prepagada, a quien se le negó la continuidad en su tratamiento porque después de siete años la entidad a la que estaba inscrito incluyó dentro del contrato, de manera unilateral y arbitraria, una preexistencia que no se encontraba pactada al momento de la suscripción del mismo (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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