Mercantil
Vigencia de las recargas móviles será de al menos 60 días calendario
31 de Diciembre de 2012
A través de la Resolución 4040, la Comisión de Regulación de Comunicaciones entregó instrucciones para que los proveedores móviles mejoren la información que se entrega a los usuarios en relación con la vigencia de sus recargas y estableció un plazo mínimo de vigencia de dichas recargas, que desde ahora será de al menos 60 días calendario.
Así mismo, señaló que el proveedor debe disponer de manera permanente en su página web, en un lugar visible para los usuarios, un enlace mediante el cual estos puedan acceder al contenido de las condiciones de vigencia de las recargas.
De igual manera, la entidad dispuso que, además de informar el saldo y la vigencia del mismo mediante un mensaje de voz o de texto gratuito, el operador tendrá que especificar al usuario las tarifas aplicables a consumos de voz para las llamadas on-net y off-net, llamadas a teléfonos fijos, envío de SMS, la capacidad adquirida de consumo en el servicio de datos y la tarifa aplicable, así como la dirección del sitio web donde el usuario puede encontrar los valores de las llamadas internacionales y llamadas a números de tarifa con prima.
De igual forma, precisó que 24 horas antes del vencimiento de la recarga, el proveedor debe informar este hecho al usuario mediante un mensaje de voz o de texto.
Finalmente, indicó que los proveedores de servicios de comunicaciones deberán efectuar todas las adecuaciones que se requieran como consecuencia de las disposiciones señaladas, a más tardar el 1º de abril del 2013.
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