Suplente del representante legal no está obligado a certificar los eventos en que actúa como tal (11:20 a.m.)
06 de Mayo de 2013
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Nota:
87850
La imposibilidad del representante legal principal para desempeñar las funciones asignadas no debe ser probada o certificada en cada caso por el suplente, pues se parte de su buena fe para suplir o remplazar al titular o principal en el cargo, indicó la Superintendencia de Sociedades. Salvo prueba en contrario, los poderes otorgados dentro de una actuación judicial por un representante suplente para la representación de su administrada gozan de plena presunción legal de validez.
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