Supersociedades expide instrucciones relacionadas con la supervisión de compañías multinivel (3:34 p.m.)
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29 de Septiembre de 2014
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Mediante la Circular 0008, la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) recuerda que la Ley 1700 del 2013 se aplica a todas las compañías multinivel en Colombia, incluyendo a las sucursales de sociedades extranjeras y aquellas actividades empresariales de multinivel que se desarrollen a través de representante comercial. Tales compañías tienen la obligación de hacer constar en su respectivo registro mercantil que ejercen actividades denominadas multinivel o de mercadeo en red. La supervisión por parte de la Supersociedades se circunscribirá exclusivamente a las compañías multinivel, entendidas estas como las sociedades comerciales y las sucursales de sociedad extranjera que realicen actividades de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la ley, así como la actividad multinivel o de mercadeo en red que se realice a través de un representante comercial. Así mismo, la norma enumera los requisitos para establecer esta clase de compañías. Finalmente, agrega que estas disposiciones de ninguna manera precluyen las facultades otorgadas a la superintendencia por el Decreto 4334 del 2008, por medio del cual se fijó el procedimiento de intervención tendiente a suspender de manera inmediata las operaciones de captación no autorizada de recursos del público.
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