Superindustria sanciona a Bodytech por vulnerar derechos de los consumidores
07 de Enero de 2021
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La Superintendencia de Industria y Comercio, por medio de la Resolución 82437, del 24 de diciembre del 2020, impuso una multa de $ 175.560.600 a Bodytech S. A. por incumplir las normas que regulan las condiciones objetivas de la publicidad en promociones y ofertas, las condiciones negociales generales de los contratos de adhesión y las ventas a distancia mediante métodos telefónicos. La decisión obedece a una investigación en la que se logró determinar que la cuestionada publicitó unos incentivos relacionados con sus servicios estéticos y de nutrición en los que no indicó la fecha de iniciación, elemento esencial para que los consumidores pudieran tomar decisiones de consumo razonables y accedieran ellos. Así mismo, se comprobó que incluyó en sus contratos “élite sin permanencia” condiciones no claras, ya que los documentos, si bien informaban a los consumidores que la duración era por un término indefinido, estipulaba que la relación contractual podía renovarse indefinidamente y en forma consecutiva por un término igual o diferente, generando confusión y equívocos en los usuarios respecto de la vigencia. De igual manera, se determinó que utilizaba diferentes medios para la venta de sus servicios médico deportivos, entre ellos las ventas a distancia mediante métodos telefónicos. Sin embargo, no suministró a los consumidores información de contacto, precio de los paquetes, existencia del derecho de retracto y reversión, ni el término para ejercerlos.
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