Superfinanciera expide instrucciones sobre estimación de la pérdida esperada para modelo de referencia para cartera de consumo
23 de Noviembre de 2016
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Nota:
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Con el propósito de continuar promoviendo la adecuada gestión del riesgo de crédito de las entidades vigiladas, la Superintendencia Financiera considera necesario modificar el numeral 5º del anexo 5º del Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, correspondiente al cálculo de la pérdida esperada en el modelo de referencia para la cartera de consumo. Así, la pérdida esperada calculada bajo las nuevas instrucciones aplicará a partir del 1º de diciembre de este año. Las provisiones adicionales que se generen por la implementación del ajuste, por plazo, deberán estar totalmente constituidas, a más tardar, el 28 de febrero del 2017.
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