Superfinanciera expide instrucciones para el envío del reporte de pruebas de resistencia (9:39 a.m.)
29 de Junio de 2016
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Nota:
124921
La Superintendencia Financiera impartió instrucciones relacionadas con la forma y el medio por el cual las entidades deben remitir el reporte cualitativo de las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor. Adicionalmente, en atención a los ajustes requeridos por las entidades para implementar el esquema de pruebas de resistencia (EPR) y lo establecido en el Decreto 2420 del 2015, en cuanto a la aplicación de la nueva versión de la Normas de Internacionales de Información Financiera 9 para los estados financieros consolidados, considera necesario modificar los plazos señalados en la Circular Externa 051 del 2015 respecto de la remisión de los resultados de las pruebas a nivel consolidado. Así, modificó el subnumeral 2.7 del anexo 1 del Capítulo II del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica “Codificación de trámites”. Igualmente, ajustó el párrafo sexto de la instrucción quinta de la norma.
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