Superfinanciera expide instrucciones para cumplimiento de la ley en favor de usuarios de servicios financieros (11:53 a.m.)
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18 de Julio de 2016
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Con la expedición de la Ley 1793 del 2016 se dictaron normas en materia de costos de los servicios financieros como un mecanismo de protección a los consumidores. En consecuencia, la Superintendencia Financiera reiteró el deber que le asiste a los establecimientos de crédito y las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos de dar estricto cumplimiento de la citada ley, en particular en los siguientes aspectos: en cuentas de ahorros sólo podrán cobrar costos financieros y/o transaccionales por los primeros 60 días de inactividad y/o ausencia de movimientos por parte del usuario; los clientes podrán disponer de todo el dinero que tienen depositado en sus cuentas de ahorros o depósitos electrónicos, sin tener la obligación de mantener un saldo mínimo, y la obligación de reconocer a los usuarios una tasa de interés remuneratoria mínima en todas las cuentas de ahorro, para cualquier nivel de depósito. Finalmente, recordó a las entidades que deberán informar a los consumidores financieros respecto de dichas disposiciones.
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