Superfinanciera emite nuevas instrucciones sobre la implementación del esquema de pruebas de resistencia y el reporte de información de resultados (11:00 a.m.)
07 de Noviembre de 2017
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Nota:
57800
La Superintendencia Financiera fijó los lineamientos mínimos para la implementación del esquema de pruebas de resistencia (EPR); así mismo, estableció el contenido del reporte de información cualitativo y cuantitativo de los resultados obtenidos por todas las entidades. Entre las recientes instrucciones sobre el tema están: modificar el párrafo tercero de la instrucción quinta de la Circular Externa 051 del 2015 y derogar la instrucción segunda de la Circular Externa 010 del 2017, con relación al plazo de remisión de las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor a nivel individual. Por lo cual, los establecimientos bancarios cuyos activos representen menos del 2 % del total de los activos del sector bancario con corte a 31 de diciembre 2017, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras deberán remitir los primeros resultados de las pruebas entre el 24 y el 28 de septiembre del 2018, con corte al 31 de diciembre del 2017.
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