Superfinanciera emite instrucciones relativas al Soat para ciclomotores, tricimotos y cuadriciclos (8:20 a.m)
02 de Agosto de 2017
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Nota:
56501
En virtud de la Resolución 160 del 2017 del Ministerio de Transporte, por la cual se reglamenta el registro y la circulación de vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo, la Superintendencia Financiera modificó el anexo 1 del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica, denominado tarifa máxima anual en salarios mínimos legales vigentes del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (Soat) para incluir esta categoría de vehículos. Las entidades aseguradoras deben mantener información relativa a las pólizas y los siniestros asociados a dichos vehículos, recopilando como mínimo los campos requeridos en los formatos 363 (proforma F3000-72) y 364 (proforma F3000-73) por cada tipo de vehículo.
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