Sucursal de una sociedad extranjera no puede tener una denominación social diferente a la de la casa matriz (9:26 a.m.)
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18 de Abril de 2017
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Citando su propia doctrina, la Superintendencia de Sociedades recordó que la sucursal de una sociedad extranjera, como establecimiento de comercio que es de la sociedad, no puede tener una denominación social diferente a la de la casa matriz, pues ello desvirtuaría su verdadera identidad. Así mismo, indicó la entidad, no es viable que una sociedad extranjera incorpore más de una sucursal al país, sin perjuicio de que pueda establecer otros establecimientos de comercio pero no a título de sucursal.
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