Socio y apoderado no pueden deliberar o decidir conjuntamente en reuniones de asamblea o junta de socios (7:40 a.m.)
03 de Diciembre de 2019
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Nota:
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Un socio y su apoderado no pueden no pueden participar en forma simultánea en las reuniones que celebre la asamblea o junta de socios y, por ende, no pueden deliberar o decidir conjuntamente en ellas. No obstante, indicó la Superintendencia de Sociedades, se puede permitir en un momento dado que el socio sea asistido por su apoderado, en el entendido que actuará como asesor suyo, pero sin voz ni voto en la respectiva sesión. Cualquier injerencia o perturbación de la reunión puede conducir a la toma de medidas que el órgano social estime convenientes para garantizar su normal funcionamiento. Así mismo, señaló la entidad, quien asiste con un poder otorgado por un socio tiene la capacidad suficiente para deliberar y decidir, con excepción de aquellos temas en los que el mandante se haya reservado el derecho a decidir.
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