Sociedades en el extranjero no pueden otorgar créditos a sucursales en Colombia (4:10 p.m.)
18 de Julio de 2012
Reproducir
Nota:
82118
Teniendo en cuenta que las sucursales de sociedades extranjeras no son entes autónomos distintos de la casa matriz, ya que no gozan de personería jurídica independiente, no pueden adquirir préstamos de aquella, pues al ser la misma persona, dentro de la relación contractual de mutuo tendrían la doble condición de acreedor y deudor, señaló la Superintendencia de Sociedades. En este caso, el incremento del capital asignado con ingresos que la sucursal tenía contabilizados como deuda con la casa matriz no pueden formar parte del capital. Por lo tanto, la disminución del rubro no se puede reconocer como rembolso de aportes.
Opina, Comenta