Reuniones del máximo órgano fuera del domicilio de la sociedad son viables, si está todo el capital social (4:20 p.m.)
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09 de Agosto de 2012
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La junta de socios o asamblea general de accionistas puede reunirse sin previa convocatoria y en un lugar diferente al de su domicilio social, bien sea que la reunión tengan carácter de ordinaria o extraordinaria, siempre y cuando esté presente o debidamente representada la totalidad del capital social, pues de lo contrario las decisiones adoptadas serán ineficaces, indicó la Superintendencia de Sociedades. De acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio, las decisiones adoptadas en las reuniones del máximo órgano social llevadas a cabo con desconocimiento o indebida aplicación de las normas legales o estatutarias, en cuanto a convocatoria o quórum, no producen efecto alguno, sin necesidad de declaración judicial.
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