Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Reformas estatutarias requieren elevación a escritura pública, para que produzcan efectos frente a terceros (2:27 p.m.)

Openx [71](300x120)

73749

27 de Mayo de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Cualquier modificación que se pretenda introducir a las cláusulas del contrato de sociedad requiere la aprobación del máximo órgano social, conforme a las mayorías previstas para el efecto en los estatutos o en la ley, su elevación a escritura pública y el posterior registro en la cámara de comercio correspondiente, para su debida publicidad, recordó la Superintendencia de Sociedades. Aunque la decisión surte efectos frente a los accionistas desde el momento en que se aprueba, sin el lleno de los requisitos mencionados, no produce ningún efecto frente a terceros, señaló la entidad.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)