12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 14 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Reformas estatutarias requieren elevación a escritura pública, para que produzcan efectos frente a terceros (2:27 p.m.)

27 de Mayo de 2011

Reproducir
Nota:
73749
Cualquier modificación que se pretenda introducir a las cláusulas del contrato de sociedad requiere la aprobación del máximo órgano social, conforme a las mayorías previstas para el efecto en los estatutos o en la ley, su elevación a escritura pública y el posterior registro en la cámara de comercio correspondiente, para su debida publicidad, recordó la Superintendencia de Sociedades. Aunque la decisión surte efectos frente a los accionistas desde el momento en que se aprueba, sin el lleno de los requisitos mencionados, no produce ningún efecto frente a terceros, señaló la entidad.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)