Reactivación de una sociedad procede, aunque la liquidación se haya presentado antes de entrar en vigencia la Ley 1429 del 2010 (3:37 p.m.)
10 de Noviembre de 2011
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Nota:
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Independientemente de si la disolución y, por ende, liquidación de una sociedad se presentó antes o después de entrar en vigencia la Ley 1429 del 2010 (Ley de Formalización y Generación de Empleo) esta puede acordar su reactivación, siempre y cuando cumpla algunas condiciones legales, como que la decisión sea tomada por el máximo órgano social o accionista único, que el pasivo externo no supere el 70 % de los activos sociales y que no se haya iniciado la distribución de remanentes entre socios o accionistas, indicó la Superintendencia de Sociedades. De otra parte, señaló que de la comunicación en la que se informa a los acreedores sobre la decisión de reactivar resulta prueba suficiente la copia del documento escrito, junto con la constancia de recibido o la evidencia de su envío, bien sea por medios electrónicos o físicos.
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