Precisan eventos para que la Supersociedades solicite de manera ocasional estados financieros (11:44 a.m.)
31 de Enero de 2013
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Nota:
86212
El procedimiento para ejercer la atribución de la Superintendencia de Sociedades de solicitar, confirmar y analizar de manera ocasional estados financieros, prácticas empresariales y otras exigencias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 83 de la Ley 222 de 1995, no está previsto legalmente y obedece a diversas circunstancias, las cuales surgen generalmente por situaciones de orden público, económico, políticas de Estado, razones de conveniencia o para asesorar al Gobierno y participar en la formulación de políticas de inspección, vigilancia y control de sociedades comerciales y empresas unipersonales, de acuerdo con el Decreto 1023 del 2012.
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