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Mercantil


Potencial heredero del socio fallecido puede ser nombrado como representante legal, sin juicio de sucesión

En el ordenamiento jurídico, en especial en las normas del derecho societario, no existe ninguna disposición que lo prohíba.
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29 de Septiembre de 2011

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El potencial heredero de un socio fallecido puede ser nombrado como representante legal de la entidad donde este laboraba, en su remplazo, independientemente de que no haya salido el juicio de sucesión, señaló la Superintendencia de Sociedades.  

 

En el ordenamiento jurídico, en especial en las normas del derecho societario, no existe ninguna disposición que prohíba ni que establezca dicho nombramiento. Por lo tanto, nada impide que pueda realizarse, explicó la Superintendencia.

 

No obstante, esa posibilidad tendría freno, en caso de que los estatutos sociales prevean alguna cláusula que lo prohíba, ya que estos son ley para las partes.

 

(Supersociedades, Cpto. 220-091782, ago. 21/11)

 

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