Negociación de acciones requiere inscripción en el libro de registro de accionistas (12:17 p.m.)
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24 de Febrero de 2020
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Salvo pacto en contrario, las acciones de una sociedad son libremente negociables, con la excepciones previstas en la ley, dentro de las que están las acciones comunes respecto de las cuales se haya pactado el derecho de preferencia. De otra parte, indicó la Superintendencia de Sociedades, para que la negociación produzca efectos frente a la sociedad y terceros es necesaria su inscripción en el libro de registro de accionistas, mediante orden escrita del enajenante o a través de endoso sobre el título respectivo, a lo cual no podrá negarse el representante legal de la sociedad sino por orden de autoridad competente. Para la mencionada inscripción de una negociación de acciones en el libro de registro respectivo es indispensable la solicitud escrita del enajenante (o a través de endoso sobre el título) y cancelar previamente los títulos expedidos al tradente.
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