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Modifican requisitos para autorizar funcionamiento de sociedades de comercialización internacional (2:20 p.m.)

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21 de Agosto de 2012

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El Ministro de Hacienda indicó que la persona jurídica que pretenda ser autorizada como sociedad de comercialización internacional deberá acreditar que, al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud, posee un patrimonio líquido igual o superior a 4.500 unidades de valor tributario (UVT). Y aclaró que en el caso de la sociedad que sea constituida en el mismo año en que se presente la solicitud de autorización, bastará con que acredite que su patrimonio neto contable es igual o superior al ya indicado. Finalmente, precisó que las sociedades de comercialización internacional que se encuentren inscritas deberán adelantar el trámite de homologación cumpliendo los requisitos previstos, dentro de los próximos nueve meses.

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