Herederos designados del socio fallecido pueden solicitar medidas administrativas (1:25 p.m.)
29 de Octubre de 2012
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Nota:
83663
Los herederos de un socio o accionista no pueden representar las cuotas o acciones del fallecido hasta que sean designados por los demás sucesores reconocidos en juicio como sus representantes, por lo que no podrán solicitar intervención en relación con dichos asuntos, indicó la Superintendencia de Sociedades. De otra parte, la entidad señaló que las medidas administrativas previstas en el artículo 87 de la Ley 222 de 1995 solo son aplicables a las sociedades que cumplan los montos o activos previstos en la norma.
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