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Mercantil


Fijan requisitos de permanencia en listas de promotores y liquidadores del régimen de insolvencia

La Supersociedades ordenó realizar una prueba de conocimientos sobre el marco regulatorio de los procesos de insolvencia y de las medidas de intervención.

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29 de Octubre de 2014

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La Superintendencia de Sociedades ordenó verificar las cualificaciones técnicas referidas a conocimiento y experiencia de los promotores y liquidadores del régimen de insolvencia empresarial (Ley 1116 del 2006), así como de los interventores de personas y negocios involucrados en captación ilegal de dineros.

 

En ese sentido, ordenó realizar una prueba de conocimientos sobre el marco regulatorio de los procesos de insolvencia y de las medidas de intervención, respectivamente, así como de los temas procesales, laborales, constitucionales, financieros y civiles aplicables. Estos exámenes tendrán una periodicidad no mayor a tres años, y serán un requisito para renovar la licencia y permanecer en las listas elaboradas por la superintendencia.

 

La prueba se realizará a través de una institución de educación superior que utilice la marca de certificación “Excelencia formación en insolvencia”, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 6875 del 2009.

 

La universidad escogida deberá garantizar que el examen se aplique a los promotores, liquidadores e interventores de la totalidad de jurisdicciones determinadas en el literal c) del artículo 3º del Decreto 962.

 

Los promotores, liquidadores e interventores que no aprueben o no presenten la prueba serán excluidos de la lista correspondiente, advirtió la Superintendencia.

 

(Superintendencia de Sociedades, Resolución 0183, oct. 8/14)

 

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