Estatutos de las SAS pueden establecer derecho a voto de solo un porcentaje de las acciones (10:41 a.m.)
09 de Marzo de 2020
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Nota:
116268
Frente a una consulta sobre la emisión de acciones en las SAS sin incurrir en una eventual captación no autorizada de recursos del público, la Superintendencia de Sociedades precisó que está vigente el Concepto 220-136893 del 2018 y que a la fecha no hay pronunciamientos posteriores sobre el tema. En este sentido, recordó, al no existir norma legal que lo prohíba o que lo establezca, y en virtud de la voluntad de los constituyentes, es viable pactar en los estatutos sociales de las SAS que solo un determinado porcentaje de acciones, mayor o menor, e independientemente de la denominación que se les haya dado, tenga derecho a voto, mientras que el resto que conforma el capital social de la compañía no lo tenga.
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