12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Entidades sin ánimo de lucro pueden conformar sociedades comerciales, sin perder su naturaleza (12:04 p.m.)

15 de Diciembre de 2015

Reproducir
Nota:
104694
De acuerdo con el artículo 98 del Código de Comercio, cualquier persona natural o jurídica puede ser socia de una sociedad comercial, lo cual incluye a corporaciones y fundaciones reguladas por el Código Civil, a menos que la capacidad prevista en los estatutos del respectivo ente limite tal posibilidad, indicó la Superintendencia de Sociedades. La naturaleza de las personas jurídicas, civiles o mercantiles está determinada por su objeto según su propósito de perseguir o no fines de lucro, característica que dada la participación de una corporación o fundación en el capital de una sociedad comercial no cambia su naturaleza a comercial. Así las cosas, si una entidad sin ánimo de lucro, ya se trate de fundación, asociación o cooperativa, puede ser socia de una sociedad comercial, no existe disposición que impida que la misma o varias conformen una sociedad comercial para la ejecución de determinado proyecto.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)