Disminución de capital en una SAS que implique reembolso de aportes requiere autorización (1:35 p.m.)
23 de Octubre de 2012
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Nota:
83745
Si la disminución de capital en una sociedad por acciones simplificada (SAS) implica reembolso de aportes, es necesaria la autorización de la Superintendencia de Sociedades, previo cumplimiento de algunos requisitos previstos en el artículo 145 del Código de Comercio. Entre ellos, carecer de pasivo externo, que hecha la reducción los activos sociales representen no menos del doble del pasivo externo o que los acreedores acepten expresamente y por escrito la reducción, cualquiera que sea el monto del activo o activos sociales. En todo caso, con el fin de evitar perjuicios a los asociados y a los terceros en general, la entidad puede exigir el cumplimiento de supuestos adicionales
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