Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos también tendrán que contar con defensor del consumidor financiero (8:10 a.m.)
12 de Diciembre de 2017
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Nota:
58367
El Ministerio de Hacienda modificó el Decreto 2555 del 2010, en lo relacionado con la operación de las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. Así, por ejemplo, señala que los depósitos de dinero electrónico podrán ser utilizados para que sus titulares reciban recursos diferentes a los provenientes de programas de subsidios otorgados por el Estado. En caso de que con tales recursos el saldo en el depósito o cuenta supere el límite máximo previsto para el que hace referencia al trámite simplificado de apertura se deberá adelantar el trámite ordinario. También plantea cambios en los requisitos para acceder al trámite simplificado de apertura ordinario. De igual manera, extendió la figura de defensor del consumidor financiero a dichas sociedades, teniendo en cuenta que estas están autorizadas para prestar servicios transaccionales y captar recursos del público.
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