Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Sociedad extranjera accionista de una sociedad colombiana no requiere establecer sucursal en el país (2:55 p.m.)

85093

18 de Diciembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Una sociedad extranjera accionista de una sociedad colombiana, es decir, con participación directa en la conformación del capital social, no requiere establecer en Colombia una sucursal, pues no existe una disposición legal que lo establezca, indicó la Superintendencia de Sociedades. Por el contrario, cuando una sociedad extranjera realiza o desea emprender negocios permanentes en el país, una vez autorizada por su órgano social, debe protocolizar la resolución o acto que acordó su establecimiento en Colombia.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)