Si su actividad es de intermediación, ‘traders’ deben inscribirse en el Registro de profesionales del mercado de valores (3:00 p.m.)
09 de Julio de 2013
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Nota:
89852
Los traders, conocidos como aquellas personas que compran y venden acciones o títulos valores de manera personal o a nombre de su firma y de terceros, que pretendan adelantar operaciones en moneda extranjera deben inscribirse en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores (RNPMV), siempre y cuando su actividad constituya intermediación, es decir, se trate de operaciones cuya finalidad sea el acercamiento de demandantes y oferentes en los sistemas de negociación o en el mercado mostrador, sea por cuenta propia o ajena. Así lo señaló la Superintendencia Financiera, en reciente concepto.
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