Si luego de la reparación del bien y estando vigente la garantía las fallas persisten, el consumidor podrá solicitar el cambio (3:24 p.m.)
03 de Mayo de 2011
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Nota:
73161
Mientras las garantías relacionadas con condiciones de calidad e idoneidad de un bien o servicio estén vigentes, el productor, proveedor o expendedor no puede cobrar suma alguna por la asistencia técnica indispensable para hacer posible la utilización del producto y por los gastos y costos que implique la reparación del bien por fallas, incluidos los repuestos y el transporte, en los casos en que la naturaleza del bien permita su reparación sin alterar su esencia, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio. En estos casos, si la falla persiste y aún se encuentra dentro del término de garantía, el consumidor podrá solicitar el cambio del bien por otro.
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