Sentencia SupersociedadesTransferencia de acciones en una SAS infringiendo estatutos hace ineficaz el negocio jurídico
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08 de Mayo de 2020
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A diferencia del régimen aplicable a los tipos societarios regulados en el Código de Comercio, el artículo 15 de la Ley 1258 del 2008 estableció, en el marco de las sociedades por acciones simplificadas, que toda negociación o transferencia de acciones efectuada en contravención a lo previsto en los estatutos será ineficaz de pleno derecho. En este contexto, precisó la Superintendencia de Sociedades, en reciente sentencia, las infracciones a los estatutos sociales que se verifiquen con ocasión de una transferencia de acciones en una SAS vician de ineficacia el correspondiente negocio jurídico. Esta sanción opera de pleno derecho, sin perjuicio de que la entidad, en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales, se encargue de reconocer su ocurrencia.
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