Sentencia SupersociedadesDecisiones tomadas en contravención a las reglas de convocatoria y cuórum son ineficaces
13 de Mayo de 2020
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Nota:
116554
En reciente fallo, la Superintendencia de Sociedades declaró que las decisiones adoptadas por la junta de socios de una SAS, en reunión llevada a cabo en septiembre del 2014, se adoptaron en contravención a lo dispuesto en los artículos 186 y 190 del Código de Comercio y, en ese sentido, advirtió, son ineficaces. De acuerdo con estas disposiciones, las reuniones se realizarán en el lugar del domicilio social, con sujeción a lo prescrito en las leyes y en los estatutos en cuanto a convocatoria y cuórum. Las decisiones tomadas en una reunión celebrada en contravención a las mismas serán ineficaces. En el caso bajo análisis, la citada reunión presentó falencias en la convocatoria contrariando el artículo 10 de los estatutos sociales, según el cual podrá reunirse válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocatoria cuando esté representada la totalidad de las cuotas que conforman el capital social y presente el socio gestor, pues no se dio este último requisito.
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