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Sentencia Superindustria y ComercioPágina web dispuesta para que terceros comercialicen productos responde solidariamente por garantía

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07 de Julio de 2020

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Cuando una compañía pone a disposición de terceros una página web para que publiciten y comercialicen sus productos a cambio de un porcentaje, es solidariamente responsable de la garantía y de la información que se suministra por aquellos en su plataforma. Con este argumento, la Superintendencia de Industria y Comercio rechazó la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva, la cual va encaminada directamente a probar que el sujeto procesal no hizo parte de la relación de consumo o que el accionante no es consumidor final. En el caso bajo análisis, el accionante compró a través de la plataforma Mercado Libre una maleta por $ 181.900, pero el usuario vendedor le informó días después que no había disponibilidad del producto, por lo que procedería a hacerle el rembolso del dinero cancelado, lo cual no había sucedido hasta la fecha de interponer la demanda. Otra excepción considerada como improcedente fue la relacionada con la integración del litisconsorcio para vincular a la entidad financiera a través de la cual se efectuó el pago, ya que quien debe acreditar la reversión del mismo es la demandada, quien sí hizo parte de la relación de consumo.

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