Sentencia Superindustria y ComercioGarantía mínima de calidad e idoneidad también se suscribe a la oportunidad en la entrega (4:47 p.m.)
26 de Septiembre de 2016
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Nota:
123385
La garantía mínima de calidad e idoneidad de un bien o servicio no solo se suscribe a la calidad del objeto vendido o del servicio prestado, sino también al cumplimiento de los términos y condiciones pactados, dentro de los que se encuentra la oportunidad en la entrega del bien o en la prestación del servicio. En concepto de la Superintendencia de Industria y Comercio, la no entrega o prestación o aún la simple dilación es una vulneración a los intereses legítimos de los consumidores, en la medida en que no ven colmadas sus expectativas ni satisfechas las necesidades para las cuales se efectúo la operación comercial. En el caso bajo análisis, la demandante se percató de que en su factura de energía se estaba generando periódicamente el cobro de una publicación editorial que ella nunca solicitó, además de que no recibía las revistas señaladas.
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