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Sentencia Superindustria y ComercioEl consumidor tiene la libertad de elegir entre los bienes y servicios que le ofrecen en el mercado

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29 de Octubre de 2020

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Las disposiciones del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) contemplan una serie de prerrogativas en favor de los usuarios inspiradas en la libertad que tienen de adoptar decisiones de consumo fundadas en relación con los bienes y servicios que ofrecen productores y proveedores en el mercado. Estas ventajas suponen que el consumidor ante la variedad de productos que se ofrecen pueda decidir qué bienes y servicios adquiere para la satisfacción de necesidades privadas, familiares, domésticas o empresariales que no estén ligadas a su actividad económica. En el caso bajo análisis, el demandante se vio compelido al cobro de sumas de dinero con cargo a su tarjeta de crédito por un contrato que no suscribió ni aceptó, constituyéndose la flagrante vulneración a los derechos del consumidor. Además, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, se desconocen las medidas de seguridad adoptadas por la demandada para evitar el daño. Mientras el demandante manifestó su desconocimiento frente al convenio supuestamente telefónico en el que autorizó el descuento de su tarjeta, el demandado guardó silencio tanto en la reclamación previa como en la etapa procesal de contestación de la demanda.    

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