Sentencia Superindustria y ComercioConsumidor debe informarse sobre las condiciones requeridas en el lugar al que desea viajar (10:15 a.m.)
10 de Julio de 2019
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Nota:
121647
El deber de información no recae solo en productores y/o proveedores de bienes y servicios, sino que corresponde a los consumidores actuar de forma diligente, en cuanto a verificar e informarse sobre las condiciones esenciales que posee el producto que pretenden adquirir, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Por lo tanto, aunque la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) protege los derechos de los consumidores, también les impone unos deberes. En efecto, el numeral 2 del artículo 2 dispone que les corresponde informarse respecto a la calidad de los productos, así como de las instrucciones que suministre el productor y/proveedor en relación con el adecuado uso o consumo, conservación e instalación. En lo que se refiere a los servicios que prestan las agencias de viajes, ventas de tiquetes y condiciones requeridas por el lugar de destino, corresponde al consumidor cerciorarse acerca de estos elementos en cuanto a los términos del contrato celebrado.
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