Sentencia Superindustria y Comercio Explicación de reclamar garantía solo ante el fabricante desconoce solidaridad entre productor y proveedor (3:57 p.m.)
11 de Mayo de 2017
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Nota:
55623
En el marco de la obligación de garantía, los consumidores tienen derecho a obtener la reparación totalmente gratuita del bien cuando se presente una falla y, en caso de repetirse, podrán obtener, a su elección, una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o el cambio del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas. De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), la responsabilidad por la garantía legal recae solidariamente en los productores y proveedores respectivos. En el caso bajo análisis, si bien la demandada manifestó haber explicado al consumidor en el momento de la compra que el trámite de garantía debía realizarlo directamente ante el fabricante, la Superintendencia de Industria y Comercio advirtió que no puede desconocer sus obligaciones legales y le ordenó, a título de efectividad de la garantía, cambiar el bien adquirido y presuntamente usado por uno nuevo, idéntico o de similares características al adquirido.
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