Sección Primera precisa las reglas para efectuar un cotejo marcario (9:32 a.m.)
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01 de Febrero de 2017
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Una sentencia reciente de la Sección Primera del Consejo de Estado precisa las reglas para efectuar un cotejo marcario. Así, empieza diciendo que la confusión resulta de la impresión de conjunto despertada por los signos, es decir, que debe examinarse la totalidad de los elementos que integran a cada uno de ellos, sin descomponer y menos alterar su unidad fonética y gráfica. De esta manera, en el examen de registrabilidad las marcas deben ser examinadas en forma sucesiva y no simultánea, de tal manera que en la comparación de los signos confrontados debe predominar el método de cotejo sucesivo. Después deben ser tenidas en cuenta las semejanzas y no las diferencias que existan entre los signos, pues la similitud generada entre ellos se desprende de los elementos parecidos. Finalmente, el alto tribunal dijo que quien aprecie la semejanza deberá ponerse en el lugar del consumidor presunto, tomando en cuenta la naturaleza de los productos o servicios identificados por los signos en disputa (C.P. María García).
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