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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 17 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Se regula el comercio electrónico en San Andrés, Providencia y Santa Catalina

11 de Enero de 2022

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Se regula el comercio electrónico en San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Juan David Rojas)

Por medio de la Ley 2189, del pasado 6 de enero, se ratificó como puerto libre toda el área del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 de la Constitución Nacional.

En este sentido, dispone que a dicho territorio podrán introducirse toda clase de mercancías, bienes y servicios extranjeros, excepto armas, estupefacientes, mercancías prohibidas por convenios internacionales a los que se haya adherido o se adhiera Colombia y, finalmente, los productos precursores de estupefacientes y las drogas y estupefacientes no autorizados por la autoridad competente.

La nueva ley establece que, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11), los comerciantes debidamente establecidos en el departamento podrán enviar al resto del territorio aduanero nacional los productos que vendan por internet o cualquier otra forma de comercio no presencial, vía tráfico postal, envíos urgentes, carga o por cualquier otro sistema de transporte mediante la presentación de la factura de compra electrónica, en cantidades no comerciales, es decir, hasta diez unidades de la misma clase vendidas al mismo comprador en un solo día.

El Ministerio de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (Mintic) o la entidad que haga sus veces realizará las acciones necesarias para proveer el acceso a las telecomunicaciones e impulsar el desarrollo del ecosistema digital en el archipiélago, con el fin de que la nueva ley pueda ser aprovechada por los comerciantes y habitantes del mismo.

Así mismo, coordinará con las demás entidades del orden nacional las medidas a que haya lugar para facilitar el acceso a formación virtual en materia de empleo, emprendimiento y comercio virtual, así como del uso de herramientas tecnológicas a los habitantes. Para ello, se podrán establecer convenios con entidades públicas o privadas con el objetivo de garantizar este tipo de oferta, formación y cobertura.

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