Se pueden pactar intereses sobre dineros entregados para futuras capitalizaciones
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26 de Marzo de 2020
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Si un accionista o asociado extranjero hace un anticipo para una futura capitalización en la sociedad, sobre los dineros entregados a dicho título se pueden pactar intereses hasta tanto se lleve a cabo la correspondiente capitalización, indicó la Superintendencia de Sociedades. Por lo tanto, en el reglamento de colocación de acciones o mediante pacto expreso se puede prever la capitalización tanto de los anticipos entregados por los asociados como de los intereses derivados de dicha operación. La entidad recordó que es práctica común que las sociedades comerciales reciban anticipos para futuras capitalizaciones por parte de sus asociados, ya sean residentes o no residentes (inversionista extranjero), quienes ponen a disposición de una compañía recursos sin la obligación correlativa de emitir y colocar acciones en el momento de su recepción, tratándose de sociedades por acciones.
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