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SAS pueden desarrollar actividades de mutuo, siempre que sea con recursos propios (4:30 p.m.)

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24 de Abril de 2013

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Una sociedad por acciones simplificada puede desarrollar dentro de su objeto social indeterminado operaciones de mutuo, siempre que lo haga con recursos propios, sin que para ello requiera autorización de la Superintendencia Financiera. Situación diferente sucede si pretende desarrollar actividades de captación masiva de dineros del público, pues además de estar tipificada como delito en el Código Penal, su ejercicio está supeditado a los establecimientos de crédito vigilados por otras entidades. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en oficio de marzo.

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