SAS pueden desarrollar actividades de mutuo, siempre que sea con recursos propios (4:30 p.m.)
88069
24 de Abril de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Una sociedad por acciones simplificada puede desarrollar dentro de su objeto social indeterminado operaciones de mutuo, siempre que lo haga con recursos propios, sin que para ello requiera autorización de la Superintendencia Financiera. Situación diferente sucede si pretende desarrollar actividades de captación masiva de dineros del público, pues además de estar tipificada como delito en el Código Penal, su ejercicio está supeditado a los establecimientos de crédito vigilados por otras entidades. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en oficio de marzo.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!