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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Sancionan a funcionario judicial por endeudarse más allá de su capacidad financiera (9:33 a.m.)

08 de Julio de 2016

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Nota:
124775
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura encontró responsable a un funcionario de la Fiscalía General de la Nación de la transgresión del deber consagrado en el numeral 6° del artículo 154 de la Ley 270 de 1996, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 734 del 2002. La investigación se inició ante la queja del tesorero de la entidad judicial, en la que puso en conocimiento los requerimientos que varios estrados judiciales hicieron para embargar el salario del funcionario, por sumas superiores a los $ 300 millones. La corporación encontró que la existencia de más de un proceso ejecutivo en contra del disciplinable por el no pago de obligaciones civiles era un hecho reiterado. En ese sentido, reprochó que el funcionario judicial en su condición de abogado, con conocimiento pleno de la normativa que rige para el desempeño en la Rama Judicial, y conocedor de los alcances de cada uno de los deberes, inhabilidades y prohibiciones se endeudara de manera desproporcionada y mucho más allá de su capacidad financiera. En su criterio, a un funcionario que administra justicia le está vedado esta clase de comportamientos, dado que terminan vulnerando la majestad de la justicia y por ende la confianza del público (M. P. José Ovidio Claros).

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