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Retracto sobre un contrato de prestación de servicios que no se ha ejecutado se ejerce con la simple notificación al contratante (2:14 p. m.)

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14 de Abril de 2015

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Para ejercer el derecho de retracto sobre la compra de un bien, el consumidor debe informar y devolver el bien al productor o proveedor dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento de haberlo recibido. Si para ello debe usar el servicio postal, debe asegurarse de dejar constancia de la recepción del bien en el lugar de destino. Si el retracto es sobre un contrato de prestación de servicios que no haya comenzado su ejecución, bastará con la simple notificación al contratante, a través de un medio idóneo, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio. El término de 30 días con que cuenta el productor o proveedor para devolver las sumas objeto del derecho de retracto empieza a contarse una vez ejercido el derecho en los términos mencionados.

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