Representante legal suplente de una SAS puede renunciar a dicha calidad, así como a la de accionista
12 de Marzo de 2021
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Nota:
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Frente a una consulta sobre el procedimiento a seguir por parte del representante legal suplente y accionista de una SAS que desea renunciar a ambas calidades, la Superintendencia de Sociedades señaló que corresponde al representante legal presentar su renuncia ante el órgano social competente que, de acuerdo al término previsto en los estatutos o, a falta de estipulación, en un máximo 30 días, deberá elegir su remplazo e inscribir el nuevo nombramiento en el registro mercantil. Si pasado dicho término no se ha realizado el nuevo nombramiento ni su inscripción el representante legal deberá presentar una comunicación escrita ante la cámara de comercio respectiva informando su renuncia. En cuanto al interés de dejar de ser accionista, la entidad señaló que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1258 del 2008, es posible negociar las acciones para que el accionista pueda retirarse de la sociedad. En este evento, la enajenación de las acciones debe inscribirse en el libro de registro de acciones para que produzca efectos respecto de la sociedad y de terceros.
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