Reparto de reserva ocasional sigue las reglas de distribución de utilidades (11:10 a.m.)
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08 de Abril de 2013
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Las reglas para capitalizar una reserva ocasional, es decir, una utilidad no distribuida, son las previstas en el artículo 455 del Código de Comercio, sobre forma y época del pago de dividendos, precisó la Superintendencia de Sociedades. Los asociados pueden hacer las reservas que consideren necesarias o convenientes, siempre que tengan una destinación especial y que, una vez utilizadas, pasan a ser utilidades no distribuidas, susceptibles de ser entregadas a los accionistas. La capitalización requiere la aprobación del 80 % de las acciones representadas, recordó la entidad.
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